Impuestos > Resolución General Nº 55/15 - 09/03/15

                                         RESOLUCION GENERAL Nº 55/15

POR LA CUAL SE PRORROGA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 48/14, A TRAVÉS DEL SISTEMA INTEGRADO DE RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN "HECHAUKA".

                                                                                                    Asunción, 09 de marzo de 2015

VISTO: Los Artículos 186º y 189º de la Ley N° 125/91 "Que establece el Nuevo Régimen", y sus modificaciones; y
La Resolución General N° 48/14 "Por la cual se reglamenta el Sistema Integrado de Recopilación de Información "Hechauka"; y

CONSIDERANDO: Que el Sistema Integrado de Recopilación de Información "Hechauka", en su nueva versión, se encuentra plenamente operativo.
Que el Colegio de Contadores del Paraguay, así como la Asociación de Transportadores del Interior del Paraguay han solicitado a la Administración Tributaria que se prorrogue el plazo de presentación de las informaciones requeridas en la Resolución General N° 48/14, emitida el 19 de diciembre de 2014.
Que la Subsecretaría de Estado de Tributación viene buscando un relacionamiento armónico y colaborativo con los contribuyentes, y atendiendo que esta prórroga no impactará de manera negativa con su Plan Operativo Anual, dispuso la atención de estas solicitudes.
Que la Administración Tributaria cuenta con facultades suficientes para establecer normas generales para trámites administrativos e impartir instrucciones para la mejor aplicación, administración, percepción y control de los tributos.
Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 10 del 06 de marzo de 2015.

POR TANTO,
LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Artículo 1º.- Prorrogar el plazo para la presentación a través del Sistema "Hechauka", de las declaraciones juradas informativas, de acuerdo al siguiente calendario:

PERIODO A SER INFORMADO

MES DE VENCIMIENTO
(Conforme al Calendario de Vencimiento DJI)

Enero/15

Abril de 2015

Febrero/15

Mayo de 2015

Marzo/15 y Abril/15

Junio de 2015

Mayo/15 y Junio/15

Julio de 2015

Las declaraciones juradas informativas correspondientes al mes de julio de 2015 en adelante deberán ser presentadas al mes siguiente del periodo fiscal informado.
Artículo 2°.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.

Fdo.: MARTA GONZÁLEZ AYALA
VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN

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